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Declaración de renta 2026: ¿su fecha cambió tras el terremoto?

El alivio tributario no aplica para todos El terremoto del 10 de agosto generó un ajuste en los plazos de la declaración de renta , pero no todas las personas afectadas cuentan automáticamente con más...

Diana Dorado 13/08/2026
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13 de agosto de 2026 por
Declaración de renta 2026: ¿su fecha cambió tras el terremoto?
Diana Dorado
Diana Dorado
Diana Dorado

Redacción

13/08/2026
El alivio tributario no aplica para todos
El terremoto del 10 de agosto generó un ajuste en los plazos de la declaración de renta, pero no todas las personas afectadas cuentan automáticamente con más tiempo para pagar. El Ministerio de Hacienda y la DIAN publicaron un proyecto de decreto que otorga un plazo adicional únicamente a contribuyentes de seis departamentos, siempre que cumplan condiciones específicas relacionadas con su RUT y los dos últimos dígitos de su cédula o NIT.

¿Quiénes tienen más plazo?
El beneficio cobija a personas naturales y herencias pendientes de liquidación cuya declaración vencía en agosto y que, al 10 de agosto, tenían registrada en el RUT una dirección en municipios atendidos por las seccionales de:
Valle del Cauca: Cali, Palmira, Tuluá y Buenaventura.
Risaralda: Pereira.
Quindío: Armenia.
Caldas: Manizales.
Chocó: Quibdó.
Cauca: Popayán.

No es necesario demostrar daños en la vivienda: lo que cuenta es la dirección registrada antes del sismo.

NIT y cédula: las claves del beneficio
El plazo especial aplica solo para quienes tenían su declaración programada en agosto, es decir, documentos terminados entre 01 y 26. Las nuevas fechas propuestas irían del 27 de octubre al 13 de noviembre.

Si su cédula termina en 27 o superior, su fecha no cambia: esos vencimientos ya estaban previstos para septiembre u octubre.
Excepción: quienes demuestren residencia en los municipios cobijados antes del terremoto, aunque su RUT no estuviera actualizado, también podrán acceder al beneficio.

Impacto económico del aplazamiento
El decreto aplazaría temporalmente el ingreso de $624.000 millones al Estado:
$213.000 millones por renta de personas naturales.
$411.000 millones por retenciones.
La medida no implica condonación ni reducción del impuesto, únicamente más tiempo para cumplir. Además, no cobija a los grandes contribuyentes.
¿Qué pasa si su municipio no aparece?
La cobertura podría ampliarse si la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo identifica oficialmente otros municipios gravemente afectados. En ese caso, la DIAN tendría que incluirlos mediante resolución.
Para las retenciones de julio, también se propone un mes adicional de plazo: el pago pasaría a septiembre, sin intereses ni sanciones si se cumple dentro del nuevo vencimiento.

Revisar antes de asumir
El alivio tributario es un apoyo para la liquidez de quienes pueden pagar más tarde, pero no reemplaza la atención a quienes perdieron ingresos. Antes de asumir que su fecha cambió, revise:
Dirección registrada en el RUT.
Dos últimos dígitos de su cédula o NIT.
Solo así sabrá si aplica al beneficio.