El auge de los dólares digitales y las criptomonedas
Con el dólar en mínimos históricos y una TRM de $3.144 en agosto, muchos colombianos optaron por dólares digitales como USDT o USDC para dolarizar sus ahorros. Según la CCCE, cerca de seis millones de personas usan criptomonedas o plataformas de intercambio en el país.
Entre el 12 de agosto y el 26 de octubre de 2026, los contribuyentes deberán presentar su declaración de renta correspondiente a 2025. Y aquí surge el reto: muchos creen que, al no mover dinero al banco, no tienen nada que reportar. Error. La Dian considera patrimonio, ingresos y operaciones incluso si los recursos permanecen en billeteras digitales.
¿Quiénes deben declarar?
La obligación nace si se supera alguno de estos topes frente a 2025:
Patrimonio superior a $224,1 millones (4.500 UVT).
Ingresos iguales o mayores a $69,7 millones (1.400 UVT).
Consignaciones, compras o pagos que alcancen ese mismo monto.
Cinco errores frecuentes al declarar criptoactivos
Creer que solo importa lo vendido Los activos digitales, aunque permanezcan guardados en billeteras, hacen parte del patrimonio y pueden llevar al contribuyente a superar los topes de la Dian.
Usar el valor actual de la billetera La declaración corresponde a 2025. El valor tributario parte de lo pagado, comisiones y costos demostrables, no del saldo vigente.
Pensar que cambiar una moneda por otra no cuenta Intercambiar ether por USDT o bitcóin por otro activo es una permuta y puede generar utilidad gravable, incluso sin convertir a pesos.
Confundir consignación con ganancia Recibir $30 millones por una venta P2P no significa haber ganado esa suma. La utilidad depende del costo inicial y debe demostrarse con soportes.
Confiar en que no hay rastro Desde 2027, los proveedores de servicios de criptoactivos deberán reportar información a la Dian bajo el CARF de la OCDE. Las consignaciones y cruces de datos también revelan operaciones.
Recomendaciones prácticas
Compare la información exógena que la Dian ya tiene con el historial de sus plataformas.
Use la herramienta Ayuda Renta como borrador.
Ordene fechas, valores, costos y soportes antes de diligenciar el formulario.
Evite sanciones: declarar tarde implica un 5 % de multa por cada mes de retraso.